Sammanfattning
Abstract in Spanish
A pesar de que el mercado laboral sueco ha permanecido relativamente intacto durante la crisis económica en los últimos seis años, la integración de personas con capacidad laboral reducida a causa de discapacidades es significativamente menor que la de otros grupos sociales. La legislación sueca sobre discapacidad y trabajo cubre varios aspectos en medidas de integración, antidiscriminación y disposiciones para conservar el empleo. Lo más relevante es el sólido sistema de protección laboral, el cual sólo permite el despido de empleados enfermos o discapacitados si ya no pueden desempeñar ninguna tarea relevante para la actividad desarrollada por el empleador. Suecia ha ratificado la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y ha implementado la Directiva 2000/78/CE sobre discriminación, que incluyen la igualdad de trato y el deber del empleador de acometer ajustes razonables. Sin embargo, todavía no existe una jurisprudencia establecida que defina qué se consideran ajustes razonables. Para las personas con capacidad laboral reducida, la legislación sueca ofrece una serie de medidas positivas para la integración, que van desde financiar los ajustes necesarios en el espacio de trabajo hasta empleos subvencionados e incluso protegidos. En Suecia no existe, y nunca ha existido, un sistema de cuotas para discapacitados. Las políticas para la obtención de empleo se canalizan principalmente a través de la Agencia Sueca de Empleo, que ofrece oportunidades para desempleados con discapacidad. Los centros de orientación profesional de las universidades suecas no disponen de programas especiales para la integración de discapacitados y están menos desarrollados que en países similares.
A pesar de que el mercado laboral sueco ha permanecido relativamente intacto durante la crisis económica en los últimos seis años, la integración de personas con capacidad laboral reducida a causa de discapacidades es significativamente menor que la de otros grupos sociales. La legislación sueca sobre discapacidad y trabajo cubre varios aspectos en medidas de integración, antidiscriminación y disposiciones para conservar el empleo. Lo más relevante es el sólido sistema de protección laboral, el cual sólo permite el despido de empleados enfermos o discapacitados si ya no pueden desempeñar ninguna tarea relevante para la actividad desarrollada por el empleador. Suecia ha ratificado la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y ha implementado la Directiva 2000/78/CE sobre discriminación, que incluyen la igualdad de trato y el deber del empleador de acometer ajustes razonables. Sin embargo, todavía no existe una jurisprudencia establecida que defina qué se consideran ajustes razonables. Para las personas con capacidad laboral reducida, la legislación sueca ofrece una serie de medidas positivas para la integración, que van desde financiar los ajustes necesarios en el espacio de trabajo hasta empleos subvencionados e incluso protegidos. En Suecia no existe, y nunca ha existido, un sistema de cuotas para discapacitados. Las políticas para la obtención de empleo se canalizan principalmente a través de la Agencia Sueca de Empleo, que ofrece oportunidades para desempleados con discapacidad. Los centros de orientación profesional de las universidades suecas no disponen de programas especiales para la integración de discapacitados y están menos desarrollados que en países similares.
Originalspråk | engelska |
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Titel på värdpublikation | Revista Derecho Social y Empresa, "El derecho al trabajo de la personas con discapacidad" |
Redaktörer | Carla Spinelli |
Förlag | Dykinson |
Sidor | 294-323 |
Status | Published - 2015 |
Publikationsserier
Namn | |
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ISSN (tryckt) | 2341-135X |
Ämnesklassifikation (UKÄ)
- Juridik